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Despidos colectivos e individuales

Despidos colectivos e individuales

Si ha sido despedido de su empresa, el primer paso imprescindible que le aconsejamos dar es que busque asesoramiento profesional.

Nuestros abogados y expertos en derecho laboral podrán revisar toda la documentación relacionada con el despido (Carta de despido, finiquito etc.) así como todas las circunstancias relacionadas con este acto.

De esta forma, podremos ver si el despido ha sido realizado conforme a la ley, y, en caso contrario, actuar en defensa de sus derechos para conseguir o bien la readmisión, o bien el reconocimiento de la improcedencia del mismo, con la indemnización correspondiente.

Existen diferentes tipos de despido y cada uno de ellos debe cumplir unos requisitos establecidos en la ley, por tanto es importante conocer los detalles para valorar si se ha realizado correctamente y reclamar en caso contrario.

Además de estudiar la legalidad en la forma del despido y los motivos que para él se alegan, realizaremos el cálculo de su finiquito e indemnización si corresponde, para asegurarnos de que se ha realizado correctamente.

En caso contrario, reclamaremos en su nombre ante la empresa.

El despido colectivo (ERE) es un proceso de despido diferenciado del despido individual. Las características, requisitos y procedimiento para un ERE son por tanto diferentes.

Si está inmerso en un proceso de despido colectivo, es fundamental que se asesore legalmente a través de expertos en legislación laboral.

Estos velarán por sus intereses, estando pendientes de cada paso del proceso y asegurándose de que este cumple escrupulosamente con la legislación vigente.

El paso previo a la vía judicial es el acto de conciliación, en el que se intenta que se llegue a un acuerdo entre la empresa y el trabajador/trabajadores.

Como abogados laboralistas, podemos representarle durante el acto de conciliación y aconsejarle para que tome la decisión más conveniente para sus intereses.

Si ha sido despedido o cree que puede serlo en un breve plazo, no lo dude, y busque asesoramiento legal de inmediato. Nos podrá contactar a través de nuestro teléfono o formulario de contacto.

Plazos para impugnar un despido

Cuando un trabajador no está conforme con su despido tiene el derecho de impugnarlo. Sin embargo, en la práctica esta cuestión se hace un poco complicada ya que no es fácil para todos trabajadores conocer todas las cuestiones legales que lo rodean. A continuación queremos darle algunas pautas que pueden serle de ayuda, sobre todo en lo referente a los plazos para reclamar.

Para reclamar un despido se cuenta con un plazo de 20 días hábiles. ¿Y cuáles son los días hábiles? Se trata de todos los días, excluyendo fines de semana y festivos. Señalamos que el mes de agosto también es hábil, ya que esto genera dudas y en ocasiones nos puede llevar a que se nos pase el plazo.

Aunque este plazo no es muy amplio, debemos saber que queda interrumpido en cuanto se presenta Papeleta de Conciliación. La Papeleta de conciliación es documento que se presenta en los Servicios de Conciliación.y que tiene como objetivo llegar a un acuerdo amistoso entre la empresa y el trabajador. Si no se llega a ese acuerdo, el plazo que hemos señalado antes sigue avanzando.

Por ejemplo: un trabajador es despedido y presenta la Papeleta a los 5 días de su despido. En ese momento el plazo se interrumpe, y si más tarde el acto de conciliación termina sin resultados, el plazo volverá a correr de nuevo. En ese caso el trabajador contará todavía con 15 días para presentar la demanda en los Tribunales.

De todas formas lo más recomendable es acudir a un abogado laboralista desde el inicio del proceso. Aunque no es estrictamente obligatorio, si que es lo más conveniente dado que nos ofrece las máximas garantías. Si acudimos sin abogado, difícilmente vamos a obtener resultados positivos y el trámite se nos hará muy farragoso.

¿Debo llevar abogado si voy a reclamar mi despido?

Antes de llevar un despido ante los Tribunales es obligatorio realizar un acto de conciliación. Se trata de un acto en el que la empresa y el trabajador intentan llegar a un acuerdo para poner fin al conflicto. Como este trámite tiene carácter extrajudicial no es obligatorio acudir con un abogado, pero por las razones que vamos a explicar, sí que es lo más conveniente.

Las empresas siempre acuden a este tipo de actos acompañadas por sus abogados. Por lo tanto, si el trabajador no lo lleva, se encontrará en una posición claramente desventajosa.

Además, aunque sea un acto extrajudicial es necesario contar con conocimientos jurídicos y cierta experiencia en el tema, lo cual no siempre se le puede exigir a un trabajador.

Por otra parte hay que contar también con los nervios lógicos de esta situación, ya que se trata de un momento muy estresante. Acudir sin representación es, además de arriesgado, una carga extra para la persona despedida.

Si no se llega a un acuerdo y finalmente se presenta demanda en los Juzgados, el abogado que haya podido seguir el acto de conciliación estará al tanto de todos los aspectos previos del mismo. Tampoco podemos pasar por el alto el plazo para reclamar el despido, ya que tenemos 20 días hábiles para ello -si bien este cómputo se paraliza cuando presentamos la Papeleta de Conciliación-. Nuestro abogado nos ayudará en esta tarea asegurando que no se nos pasen los plazos.

Por todas estas razones recomendamos encarecidamente contar con los servicios de un abogado laboralista si se quiere reclamar un despido. Nuestro Despacho en Málaga puede ayudarle con esta cuestión o con cualquier otra que nos plantee: revisión de su contrato de trabajo, impugnación de Convenios Colectivos, solicitud de prestaciones o reclamaciones ante la Seguridad Social, etc.

No dude en llamarnos si desea concertar una cita.