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DESPIDO OBJETIVO. ABOGADOS LABORALISTAS Málaga

Las consultas a causa de un despido son frecuentes entre los abogados laboralistas. Queremos explicar que un despido se considera objetivo:
Por ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa;
Por falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo, cuando dichos cambios sean razonables;
Cuando concurra alguna de las causas previstas en el artículo 51.1 y la extinción afecte a un número inferior al establecido en el mismo;
Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el veinte por ciento de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el veinticinco por ciento en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.
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Pero tenga en cuenta que aunque existan causas objetivas, el despido deberá seguir igualmente las formalidad que exige la Ley. Le invitamos a contactar con nosotros si necesita más información o quiere que le asesoremos.